Capítulo
En el léxico teresiano, heredado del eclesiástico entonces corriente en la vida religiosa, capítulo es la asamblea de los religiosos para realizar elecciones dentro de la comunidad, o para dirimir asuntos conventuales, o bien para practicar la corrección fraterna aconsejada por el Evangelio y, en el caso de Teresa, prescrita por la Regla del Carmelo. En la vida y escritos de la Santa hay que distinguir tres clases de capítulos: 1) conventual o comunitario; 2) capítulo provincial; 3) capítulo General. Recordamos aquí únicamente los mencionados por ella misma.
1.Capítulo de comunidad
Es la asamblea en que se reúnen los miembros de la comunidad religiosa, bien sean todos los que la integran, bien únicamente los que tienen voz activa en la misma. En la comunidad de la Encarnación de Avila rige la norma de la Regla del Carmen, según la cual ‘los domingos u otros días, si fuere menester, tened juntos una colación… En este encuentro se corregirán también con caridad las faltas de los hermanos, de haberlas en alguno’ (n. 13). A partir de esa norma, las Constituciones de la Encarnación celebraban dos suertes de capítulo: el de asuntos, elección de superioras, aprobación de candidatas al hábito o a la profesión, etc; y por otro lado el ordinario capítulo de exhortación y corrección fraterna, llamado capítulo de las culpas (parte 2ª, rúbrica 8ª: Constituciones, publicadas por el P. Silverio de S. T en la BMC 9, 481 y ss).
En esa misma rúbrica octava se describe minuciosamente el procedimiento ritual del acto, que se celebraría ‘a lo menos en la semana una vez’ (ib p. 508), y revestiría especial solemnidad dado el alto número de religiosas que asistían a la reunión, acaso más de centenar y medio. En ella tomaría parte Teresa, joven postulante o novicia, entre los 20 y los 22 años, con sola voz pasiva, es decir, para escuchar la exhortación de la priora, D.ª María de Luna, y las correcciones de las capitulares, o bien para pedir perdón por los propios defectos (‘con rostro humilde, estando en pie, dirán sus culpas…’: ib). Años más tarde, ya profesa, participará en el acto con voz activa. Y en ocasión excepcional, tras la fundación del Carmelo de San José, bajará desde éste a la Encarnación, citada a capítulo para rendir cuenta de lo hecho: ‘la prelada me envió a mandar que a la hora me fuese allá… Yo voyme luego…, con tener creído me habían de echar en la cárcel’ (V 36, 11), que no fue así. El acto capitular se renovó ante el Provincial: ‘Hice mi culpa como muy culpada… (es decir, hizo la auto-acusación según el ritual de la Constitución). Yo no quisiera disculparme, antes pedí me perdonase y castigase y no estuviese desabrido conmigo’ (V 36, 12).
Teresa tomaría parte también en la otra clase de capítulos. En ausencia suya, se reuniría la comunidad para aceptarla a la toma de hábito (1536) y un año después a la profesión (cf BMC 2, 92-96). Esta última tenía que ser ‘de consentimiento de todo el capítulo o de la mayor y más antigua parte’ (Constituciones, I, rúbrica 13, BMC 9, p. 485). Con toda seguridad, T participaría en los capítulos que se reunieron para elegir priora los años 1539-1562, aproximadamente cada trienio. Es probable que el 12.8.1562 asistiera a la elección de D.ª María Cimbrón, después de haber prevenido a las propias amigas para que no le diesen el voto a ella misma: ‘escribí (desde Toledo) a mis amigas para que no me diesen voto’ (V 35, 7). Casi diez años después (octubre de 1571), T será nombrada priora por el Visitador Apostólico, Pedro Fernández, a pesar de la resistencia de las monjas, que veían conculcado el derecho electoral del capítulo. Y, por fin, a la propia Madre T le llegará la hora de vivir el reverso de la medalla, cuando en octubre de 1577 el capítulo la elija a ella priora de la comunidad, y el Provincial, Juan G. de la Magdalena, no sólo anule la elección sino que excomulgue a las electoras y poco después sea cómplice de la cárcel toledana del padre espiritual de la comunidad, fray Juan de la Cruz (MHCT 1, 416 y 426).
Menos accidentados fueron los capítulos comunitarios celebrados por la Santa en San José. Son célebres los del primer quinquenio (F 1). Se conserva aún la pequeña sala capitular (con dimensiones de juguete si se la compara con la de la Encarnación). Se conserva también la modestísima banqueta de tabla, desde la que ella adoctrinaba a la comunidad en el capítulo semanal. Humilde y egregio resto del magisterio oral de la Santa durante los años de efervescencia mística y férvido estreno de su misión de fundadora. Lo recordará en el Camino (24, 2): aunque mujer, ‘puedo enseñaros, porque como madre, con el oficio de priora que tengo, es lícito’. La Santa historía intencionadamente el capítulo celebrado en San José en julio o agosto de 1577, para decidir el paso del monasterio a la jurisdicción de la Orden: ‘Eran menester los votos de las monjas. A algunas se les hacía muy grave. Mas como me querían bien, llegáronse a las razones que (yo) les decía…’ (F. epílogo).
En las Constituciones teresianas quedó marcada con gran precisión la estructura y objetivos del ‘capítulo de culpas’ (c. 12). La reunión comienza y concluye con un breve ritual. Antes de la exhortación se lee un pasaje de las Constituciones o de la Regla. Preside la priora. Una religiosa de la comunidad tiene el oficio de ‘celadora’ (‘que es oficio importante’: 11, 15), y a ella le toca referir los fallos importantes de las hermanas. Estas salen al medio de dos en dos y ‘dicen sus culpas y negligencias manifiestas’ (12, 2), pidiendo perdón por ellas. También pueden ser corregidas por las restantes hermanas. Nadie tomará la palabra en propia defensa, si no es por indicación de la presidente (12, 3). Las correcciones se harán ‘con celo de caridad y amor de justicia y sin disimulación’ (1, 7). Incluso cuando sea el visitador quien convoque el capítulo comunitario, habrá de corregir ‘con amor… y para quitar faltas’ (Mo 5).
La reunión comunitaria, en todo caso, tenía gran importancia en la vida religiosa. Teresa no sólo acogió los valores espirituales de la tradición anterior, sino que renovó y llenó de vida humana y testifical ese acto, ejerciendo en él su primer magisterio espiritual, y aprovechándolo para dar consistencia al estilo de hermandad que ella se propuso introducir en la vida religiosa. El capítulo comunitario formaba parte importante del proyecto de formación permanente de las hermanas.
2.Capítulos provinciales
Los de la Provincia carmelitana de Castilla tuvieron relativa incidencia en la vida religiosa de Teresa. En ellos se elegía al superior provincial, que sería consiguientemente prelado del monasterio de la Encarnación durante cada trienio. De hecho, él podía destinar incluso con precepto de obediencia a una religiosa del monasterio. Así ocurrió a la madre T, que en la nochebuena de 1561 recibió precepto de obediencia de trasladarse a Toledo, al palacio de D.ª Luisa de la Cerda (V 34,1). Era el mismo provincial que había acogido la fundación del Carmelo de San José y que luego se desdijo y desentendió de ella (V 32,13-15), P. Angel de Salazar. De los capítulos provinciales de esos años, ella sólo hace mención del celebrado en San Pablo de la Moraleja (mayo de 1576) en carta al P. Ambrosio Mariano (106,7), muy interesada en que se la ‘avise de lo que pasare’ (ib n. 8: La Moraleja está en la provincia de Valladolid; la Santa escribe desde Sevilla; y el destinatario reside en Madrid). En ese capítulo sería elegido provincial el P. Juan G. de la Magdalena (‘el Magdaleno’, dirá la Santa), el mismo que intervendrá en la penosa elección de ella como priora de la Encarnación.
En cambio, le interesarán vivamente los capítulos provinciales (o semi-provinciales) de su naciente familia religiosa. Fueron dos en Almodóvar del Campo, y uno en Alcalá de Henares.
El primer capítulo de Almodóvar fue convocado por Gracián el 3 de agosto de 1576, para reunirse en dicha villa el 26 del mismo mes con intención de erigir en provincia aparte los conventos teresianos, nueve casas de religiosos y once de monjas (cf MHCT 1, 319). La Santa se interesó por la marcha de las sesiones, enviando cartas a Almodóvar (ctas 117, 118, 119), y aprobando lo hecho: ‘vengamos a lo del capítulo, que vienen contentísimos, y yo lo estoy muy mucho de cuán bien se ha hecho, gloria a Dios’ (escribe a Gracián, cta 124, 8).
El segundo capítulo fue convocado precipitadamente por el P. Antonio de Jesús (Heredia), también en Almodóvar, el 9 de octubre de 1578, en cumplimiento de lo establecido en el capítulo de 1576, pero inmediatamente reprobado y anulado por el nuncio papal Felipe Sega (16 del mismo mes: cf MHCT 2, 31). El siguiente día 22 llegan a manos de la Santa las actas o las decisiones capitulares, y ella escribe una carta terrible en contra de lo hecho por los religiosos a las órdenes del temerario P. Antonio (cta 273: se conserva sólo en traducción latina).
El tercer capítulo es el celebrado en Alcalá de Henares a partir del 3 de marzo de 1581, presidido por el dominico Juan de las Cuevas. En él se erigió la provincia de los descalzos (4 de marzo), fue elegido provincial el candidato de la Santa, P. Jerónimo Gracián, con fray Juan de la Cruz entre sus consejeros, y se elaboraron las Constituciones de los descalzos y las de las monjas (MHCT 2, 251-285). Ella, que había participado intensamente en la preparación de la asamblea, tuvo noticia de la labor capitular estando en Palencia y lo celebró de corazón: ‘parece este negocio cosa de sueño’ (cta 384, 1: del 23 de marzo). Dejó constancia del acontecimiento, al relatar la fundación del Carmelo palentino (F 29,30), esta vez en franco acuerdo con lo realizado, aunque el capítulo no hubiera secundado alguna de sus sugerencias.
3.Capítulos generales
En vida de la Santa se celebraron capítulos generales de gran importancia para la familia carmelita. Tal fue el de 1564, que eligió por General de la Orden al P. Juan Bautista Rossi (Rubeo), que pronto se encontraría personalmente en Avila con la M. Teresa (febrero de 1567).
Con todo, ella reservará alusiones expresas para el capítulo general convocado por Rubeo en Piacenza (mayo-junio de 1575). En él se trató de las fundaciones realizadas por los descalzos en Andalucía contra la voluntad del P. General, y se sancionó la conducta de alguno de éstos, PP. Ambrosio Mariano y Baltasar Nieto, ambos muy relacionados con la M. Fundadora (MHCT 1, 208-209). A ésta le llegaron, sesgadas y deformadas, las noticias de lo decidido por los capitulares. Ha sido uno de éstos, gran amigo de la propia Santa, P. Angel de Salazar, quien las ha divulgado en la corte de Madrid ‘antes que yo supiera nada’, escribe ella al P. General. ‘Ha dicho que (yo) estaba descomulgada. Dios le perdone’ (cta 102, 13.15). ‘Yo supe la acta que viene del capítulo general, para que yo no salga de una casa. Habíala enviado aquí el padre provincial fray Angel al padre Ulloa, con un mandamiento que me notificase. El pensó me diera mucha pena…’ (ib n. 11). De hecho, las actas del capítulo endurecieron las relaciones entre la madre T y el padre general los tres últimos años de la vida de éste.
Ella aludirá repetidas veces al siguiente capítulo general celebrado en Roma (1580), bajo la presidencia del sucesor del P. Rubeo, P. Juan Bautista Caffardo (cf MHCT 2, 189). Ya desde comienzos del año anterior, la madre T desea y proyecta la presencia de alguno de sus descalzos en dicho capítulo. Se lo escribe al P. Nicolás Doria: ‘Por ahora (febrero del 1579), yo no querría vuestra reverencia hiciese esa jornada (a Roma)… Cuando hubiese de ir, sería muy acertado al capítulo general, si ha de ir el provincial, como ha de ir, si Dios nos le da…’ (cta 286,2). Parecida posición respecto de Gracián: ‘Cuanto a ir Pablo (=Gracián) a Roma, es un disparate, que no hay que hablar en ello ni para qué nos pasar por pensamiento. Mas miedo he yo de que si es provincial habrá de ir por fuerza al capítulo general…’ (cta 302,3: del 7.7.1579; y cf cta 318,12). Terminado el capítulo, T tiene noticia de que el P. General ha enviado las actas del mismo al P. Angel de Salazar, pero no parece que ella conozca su contenido. Precisamente, los capitulares habían presagiado ya la erección de provincia para los descalzos y los carmelos teresianos (MHCT 2, 190-191), si bien reteniéndolos rebeldes y ‘reos de pecados enormes y escandalosos’. Afortunadamente, a raíz de ese capítulo general los graves problemas de la familia teresiana tendrán rumbo y solución favorables. Corrección fraterna.
BIBL. P. M. Garrido, Capítulos de la provincia carmelitana de Castilla de 1567 a 1572, en «Carmelus» 27 (1980), 137-135.
T. Alvarez