• Skip to primary navigation
  • Skip to main content
  • Skip to footer
  • Descubre Grupo Fonte
  • MONTE CARMELOLeer
  • EDELeer
  • CIPEMeditar
  • IEDEstudiar
  • REVISTASDivulgar
  • EVANGELIO ORADOEscuchar
  • ¿Quiénes Somos?
  • Buscador
  • Enlaces
  • Contacto

Recreación

Teresa de Ávila

Website "muy peculiar" del mundo teresiano

  • La obra y sus
    manuscritos
  • Santa Teresa
    en 100 fichas
  • Diccionario
    teresiano

diciembre 12, 2018 Por

La recreación es una de las iniciativas de la Santa al idear el estilo de vida comunitaria de los nuevos Carmelos. Prueba de que ese aspecto humanístico forma parte importante de su ideal de vida religiosa, es su empeño por inculcarlo a fray Juan de la Cruz para que lo implante en Duruelo para la Comunidad de Descalzos.

La Santa lo codificará expresamente en las Constitu­ciones: ‘Salidas de comer, podrá la madre Priora dispensar que todas juntas puedan hablar en lo que más gusto les diere…’ (c 9,6). ‘Después de completas y oración… pueda dispensar la madre (priora) que hablen juntas las hermanas… y el tiempo sea como le pareciere a la madre Priora’ (c 9,8). ‘El Señor dará gracia a una para que den recreación a las otras: fundadas en esto, todo es tiempo bien gastado’ (c 9,7). Es decir, la jornada de la comunidad carmelita estará marcada por dos tiempos de expansión (conversación y comunicación comunitaria), uno al final de la mañana y otro al final de la tarde, lo mismo que tendrá por la mañana y por la tarde sendas horas de oración. La novedad y audacia de esta iniciativa de la Santa consiste en que por introducirla en la jornada carmelitana, ha tenido que contravenir a lo prescrito en la Regla del Carmen, que no sólo imponía silencio durante toda la jornada, sino que prescribía ‘silencio mayor’ (‘silencio de Regla’, se lo llamaba) a partir de completas hasta dicha prima del día siguiente. Teresa en cambio introduce el segundo tiempo de recreación ‘después de completas y oración’, retrasando el silencio mayor a las ocho de la tarde: ‘En dando las ocho, en invierno y en verano, se taña a silencio’ (c 2,5). Poco antes había prescrito: ‘Las Completas se digan en verano a las seis, y en invierno a las cinco’ (n. 4).

Ya en vida de la Fundadora, esa decisión fue cuestionada por los legisladores oficiales. Las Constituciones de Alcalá (1581) volverán por los fueros de la Regla en contra del parecer de la Santa: ‘El silencio se guarde desde dichas completas hasta otro día que salgan de prima. Esto se guarde con mucho cuidado’ (c 10,1). Y ya antes: ‘Adviértase que después de dichas completas se ha de tener silencio, conforme a la Regla’ (c 5,8).

Una vez impreso ese texto en letra de molde, cuando la Madre Fundadora se vio con tal regresión categóricamente sancionada por la nueva ley, hizo presente su punto de vista, consultando a letrados y al propio Provincial Gracián, y de acuerdo con ellos decidió mantener la costumbre establecida por ella: ‘Las completas y recreación se hace como suele… A nuestro Padre (Gracián) no le ha parecido mal’ (cta 412,14, a María de san José).

Con todo, la norma de las Constituciones de Alcalá se impuso en contra de lo decidido por la Santa. Todavía en vida de fray Juan de la Cruz (1588), al reeditarse las Constituciones de Alcalá, fue ése uno de los puntos nuevamente retocados y agravados. En lugar del pasaje antes citado (c 5,8), se lee: ‘Pues según la Regla, las Religiosas han de guardar silencio desde Completas hasta otro día dicha Prima, ordenamos que las Completas se digan en todo tiempo después de cenar o colación: porque, dichas Completas, se guarde silencio como lo manda la Regla y Constitución’. Introducido por decreto del Nuncio César Speciano (13 oct. 1588) cf MHCT. t. 3, p. 350 (c 5,8, p. 95).

El pequeño percance legislativo quizás revista poca importancia. Lo que sí importa es el sentido de fondo que tiene, en clave humanística, esa innovación teresiana: la introducción de dos tiempos de recreación en el ritmo de la vida comunitaria.

Ya antes, la Santa había tenido que reaccionar con vivacidad frente a las limitaciones impuestas al horario de recreación por uno de los Visitadores de sus Carmelos, el P. Juan de Jesús Roca. Apenas la Santa tiene conocimiento de las actas firmadas por el Visitador, escribe al P. Gracián: ‘Si no han de tener comunión los días que comulgan, y dicen misa cada día, luego no tendrán recreación nunca. Y si los sacerdotes no guardan eso, ¿para qué lo han de guardar los otros pobres?’ (cta 150,1).

Más allá de lo normativo, es interesante el aspecto positivo o recreativo de la vida religiosa. Para las recreaciones comunitarias se componen coplas y cantarcillos. Se disfruta especialmente de la presencia de las niñas que han entrado a formar parte de dos o tres comunidades: ‘ellas son toda nuestra recrea­ción’. Es singular el caso de ‘Bela’, Isabel Gracián, que tan rápidamente se ha apropiado el recurso a las coplas y cantarcillos:

‘La Madre fundadora

viene a la recreación

bailemos y cantemos

y hagamos son’ (cta 169,1).

En los viajes y caminos, hay tiempo de oración y de recrea­ción. A la Santa le encanta la naturaleza: los ríos, los paisajes, las peripecias. Una vez pasados los contratiempos, se los celebra comunitariamente. Alegría. Carisma.

T. Alvarez

Footer

Santa Teresa de Jesús

Santa Teresa de Jesús nace en Ávila un 28 de marzo de 1515, siembra nuevos Carmelos por los caminos de España, vive una experiencia mística plena, que luego transmite en múltiples escritos y un nutrido epistolario. Doctrina y magisterio que avalará la Iglesia incluyéndola en el Catálogo de sus Santos y otorgándole, pro vez primera a una mujer, el título de Doctora.

Editorial Monte Carmelo Grupo Editorial Fonte
  • Paseo Empecinado, 2. 09080 Burgos (España)
  • 34-947 256 061
  • editorial@montecarmelo.com
  • www.montecarmelo.com
  • Copyright © 2022 Monte Carmelo
  • Todos los derechos reservados
  • Aviso legal
  • Política de cookies